En el Perú, las acciones que han
apoyado el proceso de descentralización y de regionalización se remontan, en el
tiempo, con los albores de la República. Las Constituciones Políticas de 1920,
1933, 1979 y 1993 contienen diversos dispositivos acerca del proceso de
regionalización y de descentralización.
Sin embargo, en la práctica, tales
dispositivos sólo han logrado concretar acciones que permitieron el apoyo a la
descentralización, a la regionalización o a la desconcentración, desde un punto
de vista jurídico, político y administrativo, lo que no debe entenderse como un
proceso genuino de descentralización, que se quiere preconizar.
Solamente en los años '80 se llevó a cabo un proceso de regionalización, creándose diversas Regiones y Gobiernos Regionales al amparo de la Constitución de 1979, la Ley del Plan de Regionalización y la Ley de Bases de la Regionalización, así como de las respectivas leyes de creación de Regiones y de Gobiernos Regionales de aquella época.
Solamente en los años '80 se llevó a cabo un proceso de regionalización, creándose diversas Regiones y Gobiernos Regionales al amparo de la Constitución de 1979, la Ley del Plan de Regionalización y la Ley de Bases de la Regionalización, así como de las respectivas leyes de creación de Regiones y de Gobiernos Regionales de aquella época.
Entonces, los Gobiernos Regionales
reflejaron una serie de deficiencias insalvables en su concepción, su
normatividad y su tipo de organización, que desvirtuaron totalmente el
propósito de la descentralización que estaban llamados a llevar a cabo.
La Ley del Plan Nacional de
Regionalización de entonces, reflejaba ya los siguientes propósitos permanentes
de Desarrollo Nacional:
1. Elevar los niveles de calidad de vida
del poblador peruano para su realización plena e integral como persona, dentro
de una sociedad más justa y en un medio con condiciones adecuadas de
habitabilidad;
2. Incrementar la riqueza de la Nación y
distribuirla equitativamente a base del aprovechamiento racional y pleno de los
recursos del país;
3. Ocupar racionalmente el territorio con
el fin de impulsar el desarrollo, ejercer la soberanía y apoyar la defensa
nacional;
4. Dotar de una adecuada infraestructura
económica y de equipamiento social acorde con la necesidad de la población, el
requerimiento del aparato productivo y la seguridad nacional;
5. Lograr la integración nacional en lo
económico, social, territorial y político administrativo, asegurando la
participación democrática y efectiva de la población en la toma de decisiones;
6. Garantizar la presencia del Perú a
nivel Latinoamericano y mundial a través de una activa participación en los
procesos de integración y la consecución de un nuevo orden económico
internacional.
Dentro de estos objetivos de
desarrollo nacional, se consideraba al nivel regional, alcanzar los siguientes
propósitos:
a. Revertir la tendencia actual al
centralismo que conlleva un crecimiento desmesurado de Lima Metropolitana;
b. Superar las desigualdades y
desequilibrios existentes entre las regiones del país con el propósito de
alcanzar un desarrollo horizontal que posibilite la complementariedad de
producciones entre regiones naturales;
c. Alcanzar la especialización productiva
de las regiones en función de la dotación de recursos naturales, asegurando su
industrialización en la región donde estén localizados;
d. Establecer una adecuada y racional
distribución de las actividades económicas, la población y la infraestructura
económica y social en los diversos ámbitos del territorio nacional;
e. Hacer uso racional de los recursos
naturales, con la explotación y transformación de los mismos, manteniendo el
equilibrio ecológico y evitando el deterioro ambiental a fin de lograr
condiciones adecuadas para la producción, mantenimiento y habitabilidad de la
población regional presente y futura.
f. Consolidar los gobiernos regionales y
locales con una estructura descentralizada del Estado que garantice una
administración regional del desarrollo, asegurando la participación de la
población en la toma de decisiones concertadas, para salvaguardar sus legítimos
intereses y lograr un mayor bienestar para la población en general.
EL MARCO DEL DESARROLLO NACIONAL
Entendemos por desarrollo aun proceso
permanente de consecución de logros tanto cualitativos como cuantitativos en el
orden económico, político, social y cultural, que conlleva a la elevación de la
calidad de vida de la población, para la realización plena e integral de la
persona humana dentro de una sociedad más justa.
El desarrollo, así concebido, se basa
en las potencialidades internas del país, a través de una estructura articulada
e integrada regionalmente, y se orienta en la búsqueda de una mayor
racionalidad en el uso de los recursos humanos, naturales y financieros, así
como en una racional ocupación del territorio y una efectiva participación de
la población en la toma de decisiones, que afiancen la soberanía nacional.
En consecuencia, el desarrollo
interior incorpora el espacio o región como elemento fundamental para el
desenvolvimiento del desarrollo integral e integrado del país. Esta
incorporación permite hacer operativa en unidades menores, un sistema de
gobierno que propicie la participación de la población organizada y promueva la
descentralización y desconcentración política, económica y administrativa.
Definimos el desarrollo integral como,
el proceso deliberado de transformación y progreso a través de factores
educativos, políticos, socio?culturales, económicos y morales, que hacen que
cada hombre, comunidad y país se transforme y mejore, y pase de una etapa
particular a otra más elevada, en términos de dignidad y convivencia humanos.
Dentro de estos conceptos, es
necesario tomar en cuenta que el subdesarrollo se ha planteado como un criterio
de valoración de la realidad económico, social, política y cultural de un país,
que suele comparar el desarrollo de éste con el desarrollo de otros países,
considerándolo como un estadio retrasado en la marcha hacia la modernización.
Tal desafortunada comparación se
refiere, más precisamente, a la caracterización de la situación actual acerca
de la desintegración del sentido de nacionalidad; la decadencia del cultivo de
los valores ancestrales, históricos, naturales; el asentamiento de la
marginación económico? social y política de amplios sectores populares; la
detentación del poder por unos cuantos y la articulación del sistema económico
nacional con los principales centros hegemónicos a nivel internacional de los
cuales dependen y a los cuales revierten la riqueza generada. Se refiere
también a niveles infrahumanos de la calidad de vida y de los indicadores de
bienestar personal y colectivo.
En su dimensión regional, el desarrollo se basa en el desarrollo equilibrado, orgánico, y armónico de una región determinada, y en las relaciones que ésta tenga con otras regiones dentro del contexto nacional, realizando acciones de naturaleza normativa y administrativa.
En su dimensión regional, el desarrollo se basa en el desarrollo equilibrado, orgánico, y armónico de una región determinada, y en las relaciones que ésta tenga con otras regiones dentro del contexto nacional, realizando acciones de naturaleza normativa y administrativa.
La concepción del desarrollo regional
en América latina se acentúa a partir de la segunda mitad del siglo XX, con los
estudios del profesor Raúl Prebisch, El desarrollo económico en América Latina
y sus principales problemas; elaborados por petición de las Naciones Unidas.
Figura. Disertacion en Huanuco
DESCENTRALIZACIÓN Y DESCONCENTRACIÓN
Otros conceptos, tales como la
descentralización, en su acepción más general, "equivale a transferir, a
diversas entidades, parte de la autoridad que antes ejercía el gobierno
central". Especificando que, se "hace referencia al traspaso de
autoridad tanto en lo político, lo administrativo y lo jurídico, ya sea
delegando autoridad en órganos regionales y locales, reconociendo autoridad a
las entidades del gobierno regional o local".
En el Plan Nacional de Regionalización
de 1984, válido aún por su temperamento doctrinario (y al cual menciono
solamente en lo que vale como criterio para el propósito del presente
artículo), se entiende por "descentralización", al establecimiento de
entidades regionales y locales con autonomía política, económica y
administrativa". Debe entenderse que tal es dentro del conjunto de una
acción armónica del Estado.
Dentro de este contexto la
descentralización es política, cuando las entidades responsables, tanto en la
toma de decisiones como de su ejecución, están constituidas por autoridades
elegidas por la población; por ejemplo, los gobiernos locales.
Es económica, cuando la sede principal
del agente económico y su actividad productiva o de servicio se ubica fuera de
Lima; por ejemplo, los proyectos de inversión asentados en el interior del
país. Es administrativa, cuando las entidades públicas cuentan con personería
jurídica propia; por ejemplo, las instituciones públicas.
En general, el concepto que se adopta
para este estudio es el siguiente: La descentralización política y económica
consiste en el otorgamiento de autonomía o condición de independencia en las
decisiones internas, dentro del marco jurídico y legal existente.
Consiste en la transferencia de
funciones y la correspondiente facultad de decisión en los aspectos políticos,
económicos, administrativos, del centro a la periferia de las provincias,
buscando un desarrollo homogéneo de las regiones, orientadas a superar las
desigualdades y desequilibrios existentes en el país. La descentralización
político?administrativa constituye el establecimiento de entidades regionales y
locales con autonomía política y representativa.
Se entiende como desconcentración
administrativa, a la delegación de funciones y atribuciones a entidades
públicas, del nivel central al nivel de acción regional y local.
Desconcentración es el "principio organizativo según el cual se genera una
delegación de funciones, atribuciones y decisiones, desde un nivel de autoridad
superior hacia niveles de autoridad subordinados, de menor jerarquía funcional
o territorial, dentro del ámbito de la misma persona jurídica. La autoridad que
delega sigue siendo responsable y consecuentemente, puede revocar la delegación
o revisar las decisiones.
Se ha sostenido que la
desconcentración constituye la atribución de funciones y autoridad que se
efectúa dentro del aparato ejecutivo del Gobierno, desde su nivel central hacia
sus niveles regionales y zonales, quedando tal modalidad de organización,
sujeta a las limitaciones que imponen los principios de unitariedad del Estado,
la soberanía nacional y la autoridad jerárquica del nivel central, restricción
esta última que permite la unicidad de acción del Gobierno.
De acuerdo con esta concepción, la
desconcentración política es la asignación de funciones que se efectúa al
interior de cada aparato administrativo en lo correspondiente a una función
general del Estado. En el Poder Ejecutivo, la creación de un nuevo ministerio,
constituye un acto de desconcentración política. La desconcentración
administrativa significa delegar funciones o conferir representación
condicional.
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